El Jamaica Council for Persons with Disabilities (JCPD) subraya que solo las personas que han recibido un diagnóstico de un profesional de la salud pueden ser registradas. El consejo no puede determinar la existencia de una discapacidad. El procedimiento de inscripción requiere un formulario médico y información personal, ambos validados por un experto. Las solicitudes relacionadas con discapacidades temporales no son aceptadas, y se pueden presentar recursos en caso de rechazo.